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I.L.P. PROPUESTA DE LEY DE LA ALTA MONTAÑA
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Texto ILP
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PROPOSICIÓN DE LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA ALTA MONTAÑA DE ARAGÓN Iniciativa Legislativa Popular Exposición de motivos. La alta montaña aragonesa compone un patrimonio natural, de biodiversidad, paisajístico y económico de extraordinario valor. Su correcta gestión y conservación complementarán la viabilidad y el futuro de un proyecto de desarrollo moderno y sostenible para nuestra Comunidad Autónoma en su conjunto. Riesgos importantes para la conservación de este patrimonio aconsejan la aplicación de esta Ley para la Protección de la Alta Montaña de Aragón.
Artículo 1°.- Objeto y ámbito de aplicación de la ley. Es objeto de esta Ley establecer un régimen de protección especial para la alta montaña del conjunto de la Comunidad Autónoma de Aragón, comprendiendo los territorios situados a una altitud superior a 1.500 metros sobre el nivel del mar, según quedan reflejados en los mapas oficiales del Instituto Geográfico Nacional. El Gobierno de Aragón y las Corporaciones Locales no autorizarán ninguna actividad que haya de desarrollarse en alta montaña sin que con carácter previo se hayan valorado adecuadamente las afecciones sobre el territorio y los impactos que la actividad genere sobre el medio natural, con independencia de la exigencia de otros requisitos como la evaluación de impacto ambiental en los casos que proceda.
Artículo 2°.- Participación pública. Para la adecuada valoración de las afecciones e impactos, además de los estudios técnicos que procedan, deberán desarrollarse procesos participativos en los que deberán ser consultados los diversos agentes implicados, tanto de la población local como de otros sectores como entidades sin ánimo de lucro que defiendan intereses generales vinculados a la conservación de la naturaleza en la montaña, los clubes y asociaciones de montañismo o los centros de de estudio e investigación. Para favorecer la participación pública se consultará asimismo a las asociaciones de vecinos y consumidores y otras asociaciones representativas de intereses sectoriales que hayan solicitado participar en estos procesos.Deberán ser en todo caso objeto de este tipo de procesos de participación pública: - Los proyectos de infraestructura de comunicaciones, incluido transporte por cable. - Los aparcamientos de vehículos para uso turístico o residencial. - Las obras de urbanización y edificación, y los planes y proyectos urbanísticos que las prevean. - La innivación artificial. - Las repoblaciones forestales. - Las actividades extractivas de rocas y minerales y los aprovechamientos de aguas minerales o termales. - Los movimientos de tierras y la construcción de muros, diques y escolleras que puedan afectar, en particular, a los cauces de ríos, arroyos y barrancos.
Artículo 3°.- Moratoria cautelar. Se establece una moratoria de dos años con carácter general para la aprobación de proyectos de creación, modificación o ampliación de estaciones de esquí y centros invernales que se pretenden instalar en áreas de alta montaña. En el plazo de dos años el Gobierno de Aragón deberá elaborar y aprobar Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, en aquellas comarcas o unidades territoriales en las que existan o se pretendan instalar estaciones de esquí o centros invernales, al objeto de determinar los usos compatibles con la conservación de la naturaleza en cada territorio. Si en el referido plazo alguno de los planes no ha obtenido la aprobación inicial, quedará automáticamente prorrogada en su ámbito la moratoria a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 4º. Política territorial del Gobierno de Aragón para la protección de la alta montaña. La política territorial del Gobierno de Aragón para la protección de la alta montaña, el desarrollo sostenible de sus recursos y la fijación de la población rural en el entorno de este medio contemplará los siguientes aspectos:
1.- Protección especial para los espacios situados sobre la cota de 1.500 metros en los cuales se excluirá la realización de nuevas infraestructuras que supongan un impacto considerable sobre el paisaje o los hábitats existentes. 2.- Protección de los espacios naturales que alberguen ecosistemas, hábitats de especies y elementos naturales significativos, frágiles, escasos o amenazados. 3.- Investigación, inventario, catalogación, recuperación y conservación del patrimonio cultural, incluidos los yacimientos arqueológicos, contemplando la promoción de centros para su puesta en valor. 4.- El planeamiento territorial y urbanístico en los municipios, comarcas o ámbitos territoriales en los que existan áreas de alta montaña establecerá medidas específicas de protección para:La protección del paisaje de alta montaña, incluyendo la alta montaña propiamente dicha con arreglo a los criterios de esta ley, y las zonas limítrofes o periféricas que a tal efecto se establezcan para una adecuada integración, percepción y preservación del paisaje natural.La conservación de los espacios naturales, las formaciones geológicas, la flora y la fauna de montaña y el patrimonio cultural, especialmente en las áreas de alta montaña.La rehabilitación de espacios naturales degradados o profundamente alterados por la acción humana, estableciendo las medidas precisas para disminuir su impacto ambiental y paisajístico.El mantenimiento de las actividades agrícolas y ganaderas tradicionales que han propiciado la conservación de numerosos núcleos rurales y de espacios naturales de valor paisajístico y ambiental en el marco del desarrollo sostenible de las áreas de montaña.El diseño y ejecución de infraestructuras y el mantenimiento de las existentes, con arreglo a criterios de calidad, sostenibilidad y protección ambiental y paisajística, garantizando la accesibilidad a los núcleos urbanos habitados y restringiendo la circulación rodada con fines turísticos en las áreas de alta montaña. A tal fin se desarrollará un Plan Especial del Transporte y Comunicaciones en Alta Montaña.
Artículo 5º.- Revitalización del medio rural de montaña1.- El Gobierno de Aragón adoptará las medidas precisas para vertebrar el territorio de montaña de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de superar los desequilibrios territoriales existentes, promoviendo su desarrollo económico y social equilibrado y sostenible, mediante la racionalización y potenciación de las actividades agropecuarias, forestales, industriales, artesanas, urbanísticas, turísticas o de servicios, especialmente en las zonas limítrofes con espacios naturales protegidos o sus zonas periféricas de protección. 2.- En los municipios que sean predominantemente agrícolas o ganaderos, el Gobierno de Aragón adoptará las medidas necesarias, incluso la subvención directa en los casos que proceda, para fomentar y modernizar las actividades agropecuarias y forestales y las ligadas a la conservación del medio natural, así como las actividades artesanales, turísticas y de servicios complementarias. 3.- A los fines indicados el Gobierno de Aragón elaborará un Plan de Desarrollo Rural Sostenible de las Areas de Montaña, o instrumento equivalente, que preste especial atención a aquellas zonas en las que se produzcan situaciones de envejecimiento demográfico y pérdida de población residente, infrautilización de recursos naturales, culturales o patrimoniales, declive económico y abandono de explotaciones familiares. 4.- El Gobierno de Aragón, las Diputaciones Provinciales, los Consejos Comarcales, los Ayuntamientos y las restantes entidades locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, propias o delegadas, adoptarán las medidas precisas para el logro de los objetivos de esta Ley, y de modo especial para conseguir la más adecuada protección de la alta montaña, así como el desarrollo sostenible de las áreas de montaña de forma compatible con la conservación de la naturaleza.
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Cumbres vivas
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¿QUE ES LA INICIATIVA "CUMBRES VIVAS"?
La “plataforma en defensa de las montañas” y gentes de Aragón que venimos luchando por la defensa de nuestras montañas y de nuestro extraordinario patrimonio natural hemos diseñado una ambiciosa actividad montañera-reivindicativa denominada "Cumbres Vivas", en apoyo a una ley de protección de la alta montaña de Aragón
Bajo el lema general: “CUMBRES VIVAS, EN DEFENSA DE LAS MONTAÑAS DE ARAGON” os proponemos la siguiente iniciativa para el fin de semana del 23 al 25 de junio de 2006. 25 DE JUNIO DE 2006:Se realizarán ascensiones simultaneas a cumbres de los sistemas montañosos de los Pirineos (vertientes norte y sur) y La Ibérica.
Solidariamente y en defensa las montañas amenazadas se realizarán, también, ascensiones en otras cordilleras de la Península, Europa y América del Sur, (posiblemente en Asia).
¿Cómo participar en las ascensiones a las "Cumbres Vivas"?
Individualmente: Puedes participar sumándote a cualquiera de las ascensiones programadas recogiendo información en los teléfonos y correo electrónico que ofrecemos aquí.
Colectivamente: Formando tu propio equipo de ascensión con tu club, asociación, sindicato, etc.
¿Quién puede participar?
Puede participar, gratuitamente y aportando su propio equipamiento, cualquier persona o colectivo de cualquier parte de la península o del mundo. También puede participar cualquier colectivo en el cartel unitario que se está elaborando con organizaciones y clubes de Aragón y de todo el estado. Para ello es necesario....
Enviadnos: Nombre de la asociación participante, nombre y teléfono de la persona que se coordine con nosotros y nombre, características y localización de la cumbre que van a subir:
a los correos negrozeta@tiscali.es o ilparagon2005@yahoo.es o a los teléfonos de Carlos de Diego 976 41 54 01 - 615 44 78 35 y de José Luis Martínez 976 395880 - 679 213259 . Por ejemplo: MARIBEL MARTINEZ, 636 887499, PLATAFORMA EN DEFENSA DE LAS MONTAÑAS, PICO Anayet
¿Qué se necesita para participar en las ascensiones?Pancarta o minipancarta con los lemas unitarios, más los que se deseen añadir.Cámara fotográfica o móvil-cámara para hacer instantánea de cumbre con el grupo y la pancarta.Remitir dicha foto a las direcciones que adjuntamos para colgarla en la página web www.cumbresvivas.org ¿Hasta que fecha se puede firmar en el cartel informativo de "Cumbres Vivas"?Para gente de Zaragoza ciudad, hasta el 4 de junio.Para gentes de fuera de la ciudad y otras comunidades hasta el 11 de junio.Aquellos colectivos que quieran participar en las ascensiones y no deseen aparecer en el cartel, podrán hacerlo igualmente. ¿Qué montañas se pueden ascender? Se puede ascender a cualquier cumbre que se desee con los requisitos antes expuestos.La Plataforma en Defensa de las Montañas de Aragón pone a tu disposición un "Menú de Picos", recogido en el dossier de "Cumbres Vivas", inserto en la página web www.cumbresvivas.org También existen otras propuestas en el estado español, en Francia, Suiza, Inglaterra, Argentina, etc., de las que iremos dando cuanta en la propia web.
Página Web: www.cumbresvivas.org E-mail: negrozeta@tiscali.es o i lparagon2005@yahoo.es Teléfonos: Carlos de Diego 976 41 54 01 - 615 44 78 35 José Luis Martínez 976 395880 - 679 213259 .
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Razones de peso
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Las montañas siempre han sido lugares mágicos, sagrados, unos paisajes de una extrema belleza y a la vez una gran fragilidad. Últimamente, las amenazas que se ciernen sobre ellas, en forma de desarrollos urbanísticos desmedidos y depredadores muchas veces asociados a estaciones de esquí, las están poniendo en grave peligro.
Esta crítica situación alcanza su cenit en Aragón, tierra de montañas surcada por el majestuoso Pirineo Central y por las no menos impresionantes sierras de la Ibérica, que sufre la poderosa presión urbanística de la empresa Aramón. Grave es que esta empresa tenga un poder casi desmedido, gracias a la unión del capital financiero de la entidad Ibercaja y del poder político del Gobierno de Aragón (PSOE-PAR), grave es que el gobierno aragonés sea cómplice activo de esta codicia especulativa en nuestras montañas.
Pero más grave resulta todavía que la voluntad del pueblo aragonés haya sido despreciada cuando, tras meses del esfuerzo democrático de miles de personas, una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que pedía una Ley de la Montaña de Aragón llegó a las Cortes de Aragón avalada por la mayoría de la sociedad aragonesa. La respuesta del Gobierno aragonés fue vergonzosa, dando la espalda al pueblo de Aragón y poniéndose de parte de la empresa Aramón: la ILP de las Montañas no fue tomada en consideración por los partidos que sustentan el gobierno y no fue por tanto ni tan siquiera debatida, con un desprecio sin precedentes en la historia de la democracia aragonesa.
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Joaquin en tu memoria.... / Incendio en la Sierra
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